Ante la solicitud que hiciera días atrás la Cámara de Comercio de Florencia para el Caquetá de suspender provisionalmente el artículo primero del acuerdo 026 del 29 de noviembre de 2012 por ir en contravía a la ley en el caso del alumbrado público del municipio de Florencia, se conoció en las últimas horas un fallo positivo proferido por el Juez Segundo Administrativo del circuito de Florencia.
El Juez Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón luego del análisis respectivo de la solicitud elevada, y considerando que ésta cumplía los presupuestos de procedibilidad y necesidad y que la misma reunía los requisitos de fondo, encontró los méritos necesarios para decretar la suspensión tal como lo había solicitado la entidad.
Como se recuerda, la Cámara de Comercio de Florencia impugnó el acuerdo, en mención, considerando que el Concejo Municipal de Florencia, violó la ley al aprobar un asunto que no era de su competencia, y con lo cual se afectaba los intereses económicos de un buen número de comerciantes y usuarios del servicio de alumbrado público, pues con ello se incrementaba considerablemente los costos por este servicio.
Luego de conocido el fallo en mención el presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Florencia, Eduardo Moya Contreras, consideró como un gran acierto esta decisión lo cual le da a la Entidad, la razón de vulnerabilidad en la que incurrieron los miembros de la corporación que aprobaron el acuerdo 026 del 29 de noviembre de 2012.
NORBERTO RAMOS CLAROS
Periodista